La asociación
La asociación
El Südamerika-Zentrum Hannover e.V. reúne a personas que han visitado América Latina en el pasado, profesional o privadamente, y que están interesadas en la cultura latinoamericana.
Nos hemos propuesto contribuir a mejorar las condiciones de vida de las personas que viven en la pobreza en América Latina y queremos ayudar a niños, jóvenes y mujeres a obtener nuevas perspectivas de vida a través de la educación y la formación profesional.
Desde la fundación de la asociación en 1975, hemos organizado eventos en Hannover y apoyado financieramente numerosas iniciativas y proyectos sociales y culturales en diversos países latinoamericanos. En Hannover organizamos eventos con los que queremos llamar la atención sobre los problemas de América Latina y promover el contacto con los latinos que viven en Hannover.
Estatutos
Versión de abril de 2016
§ 1 | El nombre de la asociación es „SÜDAMERIKA-ZENTRUM HANNOVER e.V.“. Está inscrita en el Registro de Asociaciones del Tribunal de Primera Instancia de Hannover con el número VR 4409. La asociación tiene su sede en Hannover. La asociación es neutral desde el punto de vista político, étnico y confesional. El ejercicio económico de la asociación es el año natural. La asociación persigue exclusiva y directamente fines benéficos en el sentido del apartado "Fines fiscalmente privilegiados del código tributario". |
§ 2 | El objetivo de la asociación es promover la cooperación al desarrollo. Esto se lleva a cabo mediante la cooperación activa en proyectos de desarrollo en Sudamérica o América Latina y mediante el fomento de la concienciación sobre los problemas sociales, económicos y culturales de los países en vías de desarrollo. La finalidad de los estatutos se realiza en particular mediante - exposiciones y proyecciones de películas, - conferencias y debates sobre problemas específicos del desarrollo latinoamericano, - apoyo a proyectos de desarrollo seleccionados. |
§ 3 | La asociación actúa de forma desinteresada y no persigue principalmente fines económicos propios. Los fondos de la asociación sólo podrán utilizarse para fines conformes a los estatutos. Los miembros no recibirán ningún beneficio de los fondos de la asociación. Ninguna persona podrá ser favorecida con gastos ajenos a la finalidad de la Asociación ni con remuneraciones desproporcionadamente elevadas. Todos los titulares de cargos de la Asociación trabajarán a título honorífico. Los miembros del Comité Ejecutivo podrán recibir una remuneración por su trabajo o tiempo. La cuantía de la remuneración no podrá ser desproporcionadamente elevada. La medida de la adecuación serán los objetivos benéficos de la Asociación. Al abandonar la Asociación, ningún miembro tendrá derecho a las contribuciones abonadas ni a una parte del patrimonio de la Asociación. |
§ 4 | Puede ser miembro de la asociación cualquier persona física o jurídica. El Consejo Ejecutivo tomará la decisión definitiva sobre la solicitud de afiliación presentada por escrito. |
§ 5 | La condición de miembro finalizará a) por fallecimiento del miembro, b) por renuncia voluntaria, c) por exclusión por parte de la junta directiva o d) por exclusión por parte de la Asamblea General. La dimisión voluntaria se efectuará mediante declaración escrita del miembro a un miembro de la la junta directiva y será efectiva inmediatamente. Un miembro puede ser expulsado por resolución de la la junta directiva si las cuotas y otras obligaciones de pago están en mora durante un período de 6 meses y el pago no se efectúa en el plazo de un mes después de que se haya enviado un recordatorio. Un miembro puede ser expulsado de la asociación por resolución de la Asamblea General si su conducta ha atentado gravemente contra los intereses de la asociación, en el caso de actos deshonrosos y conductas perjudiciales para la asociación. La Asamblea General decidirá la exclusión por mayoría de tres cuartos de los votos emitidos. Antes de que se adopte la decisión, se dará al miembro la oportunidad de justificarse personalmente. En la asamblea general se dará lectura a cualquier declaración escrita del miembro en cuestión. |
§ 6 | Las cuotas de afiliación se cobran a los miembros. El importe de la cuota de afiliación (cuota anual) será determinado por la Asamblea General..Tras la admisión en la Asociación, la cuota se abonará inmediatamente, o en su defecto, durante el primer trimestre del año respectivos. |
§ 7 | Los órganos de la asociación son: a) la junta directiva, b) la asamblea general de socios |
§ 8 | La Junta Directiva está compuesto por el Presidente, el Vicepresidente, el Tesorero y el Secretario. La Asociación estará representada conjuntamente en Tribunales y fuera de él por dos miembros de la Junta Directiva. El Comité Ejecutivo será elegido por la Asamblea General por un período de dos años a partir de la fecha de su elección. Permanecerá en funciones hasta la elección de una nueva Junta Directiva. Si un miembro dimitiera durante su mandato, el Comité Ejecutivo elegirá su reemplazo entre los miembros de la Asociación por el resto del mandato de aquel que dimitio. |
§ 9 | La asamblea general ordinaria se celebrará anualmente. Además, deberá convocarse si una quinta parte de los miembros lo solicita por escrito a la junta directiva, indicando los motivos y el objeto. Cada Asamblea General será convocada por escrito por el Presidente o por uno de los miembros del Comité Ejecutivo, con una antelación de dos semanas. El orden del día fijado por la junta directiva se comunicará al mismo tiempo. Serán funciones de la Asamblea General: a) Recibir el informe anual de la junta directiva; aprobar la su gestión de la junta directiva. b) Elegir y destituir reemplazar a los miembros de la junta directiva. c) Determinar el importe y la fecha de vencimiento de la cuota anual de afiliación. d) Adoptar acuerdos sobre la modificación de los Estatutos y sobre la disolución de la Asociación. |
§ 10 | La Asamblea General estará presidida por el Presidente o, en caso de impedimento de éste, por otro miembro del Comité Ejecutivo. En caso de impedimento de todos los miembros de la Junta Directiva , la Asamblea General elegirá un presidente entre sus miembros. La asamblea podrá decidir una adición al orden del día fijado por la Junta Directiva. Se aplicarán las siguientes normas a las elecciones y votaciones: cada miembro de la Asociación presente dispondrá de un voto; los en caso de acuerdos se adoptarán por mayoría simple de los votos válidos emitidos, salvo que los Estatutos prescriban una proporción mayoritaria mayoría diferente. Las votaciones serán orales, a menos que un tercio de los miembros presentes solicite una votación por escrito. No obstante, se requerirá una mayoría de las tres cuartas partes de los votos válidos emitidos para modificar los Estatutos (incluido el objeto de la Asociación) y para disolver la Asociación. |
§ 11 | Los acuerdos de la Asamblea General se harán constar en acta a efectos probatorios. El acta será redactada por el secretario. Si el secretario no está presente, el presidente de la reunión designará a un redactor del acta. El acta será firmada por el presidente de la reunión y el secretario. |
§ 12 | En caso de disolución de la Asociación o de cese de los fines fiscalmente privilegiados, el patrimonio de la Asociación se transferirá a “terre des hommes Deutschland e.V." Ruppenkampstraße 11 a, 49084 Osnabrück, que lo destinará directa y exclusivamente a fines benéficos en América Latina. |
Protección de datos
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Si tiene alguna pregunta sobre la recogida, tratamiento o uso de sus datos personales, o si desea solicitar información, corrección, bloqueo o supresión de sus datos o retirar su consentimiento, póngase en contacto con:
Südamerika-Zentrum Hannover e.V.
Teléfono: 0511/37 39 40 50
Correo electrónico:
Contacto/Impresión
Südamerika-Zentrum Hannover e.V.
(Centro Sudamericano de Hannover e.V.)
Presidente Peter Walkenbach
Am Schatzkampe 5
30163 Hannover
Teléfono: 0511/37 39 40 50
Correo electrónico:
Internet: www.saz-hannover.de
Otros miembros del Consejo: Patricia Rauscher, Werner Fabisch, Rolf Korzonnek
Tribunal de registro: Tribunal local de Hanover
Número de registro: VR 4409
Responsable en el sentido del MdStV, § 10 apartado 3 (Tratado de Estado de Servicios de Medios de Comunicación): Rolf Korzonnek
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Derechos de autor
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Transparencia
Las organizaciones sin ánimo de lucro deben informar de forma abierta y transparente sobre su trabajo y sus finanzas. Actualmente no existen requisitos uniformes de publicación al respecto. La Iniciativa Sociedad Civil Transparente ha definido diez puntos que toda organización de la sociedad civil debe publicar, independientemente de su forma jurídica, tamaño o ámbito de actividad.
El Südamerika-Zentrum Hannover e.V. se adhirió a la iniciativa (en mayo de 2012) y firmó su compromiso voluntario. A continuación la información relevante sobre la asociación.
1. nombre, domicilio social, dirección y año de fundación
Nombre, domicilio social, dirección
La asociación se fundó en 1975.
2. Vollständige Satzung sowie Angaben zu den Zielen unserer Organisation
los estatutos
Información sobre los objetivos de nuestra organización
3. información sobre el beneficio fiscal
Nuestro trabajo está exento del impuesto de sociedades y del impuesto sobre actividades económicas en virtud del artículo 3 n.º 6 de la Ley del impuesto sobre actividades económicas porque fomenta la ayuda al desarrollo, según la última notificación de exención que hemos recibido de la Oficina Tributaria de Hannover-Norte (número de identificación fiscal 25/207/25138) con fecha de 29.11.2022 para los años 2019 a 2021 en virtud del artículo 5 (1) n.º 9 de la Ley del impuesto de sociedades.
4. nombre y función de los principales responsables
Peter Walkenbach, 1er. Presidente
Patricia Rauscher, 2do. Presidente
Rhina Colunge-Peters, Secretaria
Rolf Korzonnek, Tesorero
5. Informe de actividades
véase el Informe Anual 2024
6. estructura del personal
A 31.12.2024, la asociación contaba con 30 miembros, de los cuales aproximadamente la mitad están activos regularmente de forma voluntaria.
7. información sobre el origen de los fondos
véase La Asociación en cifras 2024
8. información sobre la utilización de los fondos
véase La Asociación en cifras 2024
9. vínculos empresariales con terceros
En virtud del derecho de sociedades no existe afiliación a terceros. La asociación es miembro de la Asociación para la Política de Desarrollo de Baja Sajonia (VEN).
10. subvenciones que representen más del 10% del total de los ingresos anuales
Aquí se facilita información sobre las donaciones de personas jurídicas que representen representan más del 10% de los ingresos anuales totales. Asimismo, sobre los pagos o donaciones individuales de personas físicas que supongan más del 10% de los ingresos anuales totales.